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Donde Llegar
De Interes
     Licitación LPE-DADQ-DIF-13/2010 Medicamentos 20.36 KB

     Registro Padron SOPM 2010 214.43 KB

     Convocatoria inscripción o reinscripción padron de proveedores del municipio de Tepic 20.09 KB

     Cedula de Inscripcion al Padron de Proveedores. 219 KB

     Formato declaración inicial Oct 2009 527.42 KB

     Formato declaración modificación Oct 2009 476.69 KB

     Formato declaración conclusión Oct 2009 514.53 KB

Mandado para todos

LA PARTICUPACIÓN CIUDADANA

LOS ORGANISMOS AUXILIARES

Para el efecto de coordinar la participación de los sectores público, social y privado en el cumplimiento de los objetivos y metas de Plan Nacional, Estatal y Municipal de Desarrollo, mejorar la eficiencia de la Administración Pública del Municipio, promover, cofinanciar y ejecutar obras y servicios públicos, así como las políticas de apoyo que instrumente el Ayuntamiento; el Presidente Municipal organiza los siguientes organismos auxiliares:
 
I El Consejo de Colaboración Municipal;

II El Consejo de Desarrollo Económico y Turismo;

III Los Comités de Acción Ciudadana;

IV El Consejo Municipal para la atención de personas con discapacidad;

V Instituto Municipal de Vivienda de Tepic, Nayarit;

VI El Consejo Municipal de Ecología, y

VII Las demás que se creen por acuerdo del Ayuntamiento

Los consejos y el comité a que se refiere el artículo anterior se integrarán por acuerdo del Ayuntamiento, tendrán el carácter de honorarios y funcionarán conforme a las disposiciones administrativas, legales y reglamentarias que se expidan sobre el particular.

LAS AUTORIDADES AUXILIARES

Los Delegados Municipales y los Jueces Auxiliares de cada localidad, son autoridades del Gobierno Municipal, siendo sus atribuciones y deberes fundamentales los siguientes:

I Cumplir y hacer cumplir el Banco Municipal, Reglamentos, Circulares y demás disposiciones de carácter general dentro de sus respectivas demarcaciones o localidades;

II Formular y remitir anualmente al Ayuntamiento el Padrón de los habitantes de su localidad y demás datos que le sean solicitados;

III Vigilar la conservación de la salud pública en sus respectivas demarcaciones o localidades;

IV Promover el establecimiento y operación de los servicios públicos en la localidad;

V Informar de inmediato cuando el caso lo requiere o por lo menos una vez a la semana al Presidente Municipal o al Secretario del Ayuntamiento sobre cualquier alteración al orden público, así como las medidas correctivas tomadas sobre el particular;

VI Enterar a la Tesorería de los ingresos que correspondan al municipio en aplicación de las leyes fiscales y hacendarías;

VII Auxiliar a las autoridades federales, estatales y municipales en cumplimiento de sus atribuciones, y

VIII Las demás que le sean conferidas por el Ayuntamiento, el Presidente Municipal, el presente ordenamiento y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Las autoridades y organismos auxiliares ejercen las funciones que establece la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; los Reglamentos Municipales y las que le sean delegadas por acuerdo del Ayuntamiento. Podrán participar en las Sesiones de Cabildo con voz, previa solicitud por escrito y para tratar asuntos relacionados con sus funciones.

   
38 Ayuntamiento de Tepic | 2008 - 2011
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